Hablar de la participación del menor en los centros residenciales es fácil. Practicarla con rigor, mucho más difícil. El artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce el derecho del niño a expresar su opinión en todos los asuntos que le afecten y a que esa opinión sea tenida en cuenta. Pero entre el principio y la práctica cotidiana existe, en demasiados centros, una brecha enorme.
Este artículo analiza por qué esa brecha existe, qué formas concretas de participación son posibles a cualquier edad, y cómo convertir la escucha en una herramienta real de intervención educativa.
El problema de la participación decorativa
Se habla de participación decorativa cuando los menores son consultados de forma simbólica —una reunión de grupo donde se fingen debates, una encuesta que nadie procesa— sin que su opinión tenga consecuencias reales sobre las decisiones que les afectan. Este tipo de participación es, en el fondo, más perjudicial que la ausencia de participación: enseña al menor que expresarse no sirve de nada, refuerza la desconfianza en los adultos y genera apatía institucional.
Señales de que la participación es solo formal
- Las reuniones de grupo siempre tienen el mismo orden del día, independientemente de lo que los menores planteen
- Los menores desconocen qué ocurre con sus propuestas después de las reuniones
- Los profesionales deciden primero y consultan después, solo para validar lo ya decidido
- No hay registros de lo que los menores expresan ni de cómo eso ha influido en las decisiones
- Los menores más jóvenes o con dificultades de comunicación son sistemáticamente excluidos del proceso
La participación adaptada a la edad y las capacidades
Uno de los argumentos más frecuentes para limitar la participación es la edad o la capacidad del menor. Es un argumento parcialmente válido pero frecuentemente sobreutilizado. Cualquier niño, desde edades muy tempranas, puede expresar preferencias, señalar malestar y tomar decisiones sobre aspectos de su vida cotidiana.
Primeros años y edad escolar (5–11 años)
- Elección entre opciones concretas en la vida diaria: actividades, menú, disposición de su espacio personal
- Espacios de expresión a través del juego, el dibujo o la narración
- Asamblea de grupo adaptada, con temas accesibles y tiempo de palabra garantizado
- Explicación sencilla y honesta de las decisiones que les afectan
Adolescencia (12–17 años)
- Implicación en la elaboración de su propio plan de intervención individualizado
- Participación en reuniones de equipo cuando el tema lo permite
- Consejo de residentes o comisión de menores con funciones reales
- Derecho a conocer su expediente y a recibir explicaciones sobre las decisiones judiciales y administrativas que le conciernen
- Acceso a un defensor o figura de referencia independiente del equipo educativo cuando sea necesario
El menor ante las decisiones que cambian su vida
Algunas decisiones —cambio de centro, modificación del régimen de visitas, solicitud de prórroga de la medida de protección, orientación hacia la emancipación— tienen un impacto enorme en la vida del menor. Sin embargo, son también las decisiones en las que su voz suele estar más ausente.
Las investigaciones francesas recientes, particularmente el informe del Défenseur des Droits de 2020, documentan que la participación es más frecuente en decisiones cotidianas de bajo impacto y prácticamente inexistente en las decisiones estructurales. Esta inversión es profundamente problemática: es precisamente en las decisiones de mayor impacto donde la voz del menor debería pesar más.
Claves para una participación real en decisiones importantes
- Informar al menor con antelación suficiente, con lenguaje accesible, sobre qué se está decidiendo y por qué
- Crear un espacio específico —fuera de la presión del momento— para que exprese su opinión
- Garantizar que su posición quede recogida por escrito y que sea comunicada a quienes toman la decisión
- Explicarle a posteriori qué se decidió y por qué su opinión fue o no tenida en cuenta
- No confundir la participación con la responsabilidad: el menor no tiene por qué cargar con el peso de decidir, solo tiene derecho a ser escuchado
Mecanismos colectivos de participación en el centro
Además de la participación individual, existen mecanismos colectivos que permiten a los menores influir en la vida del centro como comunidad:
Asamblea de residentes
Una reunión periódica —semanal o quincenal— donde los menores pueden plantear propuestas, quejas o ideas sobre la vida en el centro. Para que funcione, debe tener reglas claras, un moderador que garantice la participación equitativa, y un sistema de seguimiento de los acuerdos.
Comisión de menores
Un pequeño grupo de menores elegidos por sus compañeros que actúa como interlocutor del equipo en temas que afectan al grupo. Puede participar en la elaboración del reglamento interno, en la planificación de actividades o en la revisión de normas de convivencia.
Buzón de sugerencias y quejas
Un mecanismo anónimo que permite a menores que no se sienten seguros para hablar en público expresar su opinión. Es importante que tenga un responsable de respuesta y que los menores vean que sus aportaciones son leídas y procesadas.
Participación y vínculo educativo: dos caras de la misma moneda
Los menores que se sienten escuchados confían más en los adultos que les rodean. La participación no es solo un derecho: es una palanca terapéutica. Cuando un menor experimenta que su opinión importa, que puede influir en su entorno y que los adultos le tratan como un interlocutor legítimo, su autoestima mejora, su comportamiento se vuelve más cooperativo y su disposición al trabajo educativo aumenta.
Documentar la participación: el paso que se olvida
De nada sirve practicar la participación si no queda registrada. La documentación de lo que los menores expresan, y de cómo eso ha influido en las decisiones del equipo, cumple varias funciones:
- Permite hacer un seguimiento real del proceso participativo a lo largo del tiempo
- Protege al centro ante reclamaciones o inspecciones externas
- Ofrece al menor evidencia tangible de que su voz ha sido escuchada
- Facilita la continuidad cuando hay cambios en el equipo educativo
Conclusión
La participación del menor no es una moda pedagógica ni un requisito burocrático. Es una condición básica para que el trabajo de protección tenga sentido. Un menor que no tiene voz en las decisiones que le afectan no está siendo protegido: está siendo administrado. Y la diferencia entre ambas cosas es exactamente lo que hace que un centro sea, o no sea, un entorno verdaderamente educativo.
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